ACTIVIDADES


3 LAS CASAS DE VALORES

·         CONCEPTUALIZACIONES DE LAS CASAS DE VALORES.
Una Casa de Valores es una compañía que tiene como objetivo la compra y venta de títulos en general a través de las Bolsas de Valores.
Según la Ley de Mercado de Valores del Ecuador una Casa de Valores está facultada para:
• Operar en los mercados bursátil y extrabursátil a través de las Bolsas de Valores del país.
• Administrar portafolios de valores o dineros de terceros para invertirlos en instrumentos del mercado.
• Dar asesoría e información en materia de intermediación, de finanzas, además de promover fuentes de financiamiento, para personas naturales o jurídicas y entidades del sector público.



·         FACULTADES DE LAS CASAS DE VALORES.
Las casas de valores tendrán las siguientes facultades:
·         Administrar portafolios de valores o dineros de terceros para invertirlos en instrumentos del mercado de valores de acuerdo con las instrucciones de sus comitentes. Se considera portafolio de valores a un conjunto de valores administrados exclusivamente para un solo comitente;
·         Realizar operaciones de underwriting con personas jurídicas del sector público, del sector privado y con fondos colectivos;
·         Dar asesoría e información en materia de intermediación de valores y finanzas, estructuración de portafolios de valores, adquisiciones, fusiones, escisiones u otras operaciones en el mercado de valores, promover fuentes de financiamiento, para personas naturales o jurídicas y entidades del sector público.
·         Anticipar fondos de sus recursos a sus comitentes para ejecutar órdenes de compra de valores inscritos en el Registro del Mercado de Valores, debiendo retener en garantía tales valores hasta la reposición de los fondos y dentro de los límites y plazos que establezcan las normas que para el efecto expedirá el C.N.V.;
·         Efectuar actividades de estabilización de precios únicamente durante la oferta pública primaria de valores, de acuerdo con las normas de carácter general que expida el C.N.V.


·         PROHIBICIONES DE LAS CASAS DE VALORES.
·         Realizar actividades de intermediación financiera.
·         Recibir por cualquier medio, captaciones del público.
·         Realizar negociaciones con valores no inscritos en el Registro de Mercado de Valores. (R.E.V.N.I.)
·         Realizar actos o efectuar operaciones ficticias, o que tengan por objeto manipular o fijar artificialmente precios o cotizaciones.
·         Garantizar rendimientos o asumir perdidas de sus comitentes.
·         Divulgar por cualquier medio, información falsa, tendenciosa, imprecisa o privilegiada.


·         RESPONSABILIDADES DE LAS  CASAS DE VALORES.
Serán responsables de:
·         La identidad y capacidad legal de sus comitentes
·         La existencia e integridad de los valores que negocien y,
·         La autenticidad del último endoso, cuando proceda.
·         Realizar transacciones bursátiles a través de operadores inscritos en el registro de mercado de valores y en las bolsas de valores.
·         Pagar el precio pactado de la compra o efectuar la entrega de los valores vendidos.
·         Facilitar información a sus comitentes.


·         REQUISITOS  GENERALES PARA LA CALIFICACIÓN DE OPERADORES EN LA BOLSA DE VALORES.

Para optar por la calificación de operador bursátil, una vez aprobado el examen respectivo ante la Bolsa de Valores de Quito o el Diplomado de Alta Gerencia en el Mercado de Valores de la Universidad del Pacífico, con una calificación igual o superior al 80%, el postulante deberá adjuntar una comunicación del representante legal de la casa de valores que le ofrece el auspicio, con la siguiente documentación:
1.  Copia de la Cédula de Identidad.
2.  Copia del Certificado de Votación.
3.  Récord Policial.
4.  Declaración Juramentada, que compruebe que no se encuentra incurso en ninguna de las siguientes inhabilidades:
·         Hallarse privado o suspenso en el ejercicio de los derechos políticos o civiles.
·         Haber sido declarado insolvente y no haber obtenido rehabilitación.
·         Hallarse privado o suspenso en la calidad de operador en cualquier Bolsa de Valores del País.
·         5.  Certificación de solvencia crediticia extendida por un Buró de Crédito.
·         6.  Referencias Bancarias o del propio giro bursátil.
·         7.  Currículo Vitae.
·         8.  Copia de títulos académicos.

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